BIENVENIDOS AL SUTE HUAROCHIRÍ

miércoles, 26 de septiembre de 2012

SUTEP: 25 y 26 de septiembre de 2012 ¡Todos a la Movilización!




MARTES 25 DE SETIEMBRE:
 MOVILIZACIÓN HACIA EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA.

MIÉRCOLES 26 DE SEPTIEMBRE:  

GRAN CONCENTRACION Y MOVILIZACION HACIA EL MINISTERIO DE EDUCACION CON LA PARTICIPACION DE LOS GOBIERNOS REGIONALES , ALCALDES PROVINCIALES Y DISTRITALES DE TODA S LAS REGIONES DEL PERU.

CONCENTRACIÓN: PLAZA SAN MARTIN
HORA: 9.00 AM

VEN Y UNETE A LA LUCHA .
NO TE QUEDES EN CASA, LA LUCHA ES EN LAS CALLES.
PEOR  AUN, NO SEAS UN MAESTRO AMARILLO SIN CONCIENCIA.

LAS BASES DEL SUTEP RECHAZAN LEYES PRIVATISTAS QUE PRETENDEN DEROGAR LA LEY DEL PROFESORADO 24029


La innegable crisis de la educación  y su agravamiento se debe a la radicalidad del continuismo neoliberal en nuestro país. “Tiene que ver con la visión y políticas adoptadas por los regímenes y gobiernos de turno, que empezaron a considerarla como un mero servicio, que ocasiona gastos, más no, como un derecho humano fundamental, en el que hay que invertir, en tanto está llamada, a ser soporte fundamental del desarrollo”. “Los resultados en educación se explican por diversos factores que tienen directa incidencia en ellos. Sin embargo de manera interesada, se busca responsabilizar a los maestros”

LA LEY DEL PROFESORADO (24029), SUFRIÓ SERIOS DESGASTES Y MODIFICACIONES DESDE QUE SE IMPLANTÓ EL NEOLIBERALISMO CON LA DICTADURA DE FUJIMORI, CONTINUANDO EN EL GOBIERNO DE TOLEDO, Y DÁNDOLE UNA ESTOCADA FINAL DE DESPRESTIGIO EL SEGUNDO GOBIERNO DEL APRA, CON ESA NUEVA LEY DE LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL 29062), QUE POLARIZÓ A LA COMUNIDAD MAGISTERIAL EN DOS SECTORES: LOS QUE ASPIRAN SU MEJORÍA ECONÓMICA DE LA NOCHE A LA MAÑANA, PERO PERDIENDO VARIOS DERECHOS SINDICALES Y SU ESTABILIDAD LABORAL, Y LOS QUE SE AFERRRAN A LOS DERECHOS SINDICALES Y CUIDAN SU ESTABILIDAD LABORAL.

ANALICEMOS ESTAS DOS LEYES A CONTINUACIÓN:

1. Si esta nueva Ley, 29062, buscaba únicamente sancionar y despedir al profesor de la carrera, si esto buscaba, no tenía este gobierno aprista darse el trabajo de crear otra ley paralela a la Ley 24029, pues en esta misma Ley se contempla no sólo la sanción, sino también el despido, pues en el artículo 119 de la 24029, se manifiesta que “La estabilidad en el servicio se pierde por las causas siguientes: a) Por sentencia judicial ejecutada por delito común; b) Por sanción de separación a través de proceso administrativo. Además el inciso “e” del Artículo 120, manifiesta “separación definitiva en el servicio”.

2. Únicamente se crea la Nueva Ley de la Carrera Pública Magisterial (Ley 29062), para complacer a la nueva corriente privatista del sistema neoliberal en el país, teniendo como base a la Constitución privatista del 93 que contempla todo un modelo radical de privatizaciones, que Toledo por no chocar con la población no la materializó en su totalidad, mientras que García más sumiso con los grandes poderes económicos, no le importó quedar mal con el pueblo; peor aún le interesó quedar mal con el magisterio nacional, por ello se crearon esa nueva ley privatista, (la 29062), donde contempla evaluaciones inquisitoriales, únicamente por hacer quedar mal al docente.

3. La Nueva Carrera Pública Magisterial (Ley 29062), está sacramentada totalmente contra todo derecho sindical, y sobre todo contra todo tipo de bonificaciones que contempla claramente la Ley del Profesorado (Ley 24029), en el Artículo 210°. En cuanto a bonificación especial, sostiene: “El profesor tiene derecho a percibir una bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total”. El Artículo 212° en cuanto a Bonificación por escolaridad contempla: “El profesor tiene derecho a percibir, además, una remuneración total permanente por escolaridad, en el mes de marzo; por Fiestas Patrias, en el mes de julio, y por Navidad en el mes de diciembre”. El Artículo 213 dice: “El profesor tiene derecho a percibir dos remuneraciones íntegras al cumplir veinte años de servicio la mujer y veinticinco años de servicio el varón; y tres remuneraciones íntegras al cumplir 25 años de servicio la mujer y 30 años de servicios el varón”.

4. No hay dudas que estos artículos de beneficio y otros más escritos en la Ley del Profesorado (Ley 24029), suenan muy bonito, pero lamentablemente están escritos solamente en el papel; ningún gobierno lo tomó en cuenta hasta hoy, ni Toledo que habló mucho de los profesores para bien en su campaña del 2001; García también habló para bien de los profesores en su campaña del 2006, y miren como los pagó insultándolos no sólo de comechados, sino “regalándolas” una ley privatista que apunta solamente a hacer perder la estabilidad laboral al profesor, creándole además serias dificultades en algunos lugares al articular antipedagógicamente al indigno proceso de Municipalización de la Educación como etapa piloto y de extensión.

5. ¿Quiénes son los responsables para que estos derechos de los profesores largamente postergados no se hagan realidad? ¿Por qué los profesores a través de abogados pagándoles grandes honorarios a éstos, tienen que tramitar algunos de estos derechos vía procesos judiciales y que aún hasta la fecha no reciben nada? Aquí los directos responsables son los congresistas, ¿cómo es que estos señores los meses de marzo, julio y diciembre, reciben el doble del exorbitante sueldazo que perciben y los profesores tienen una Ley la 24029, que solamente estos derechos contempla de una manera teórica y nunca se cumplen?

6. Cuando estaba en campaña el entonces candidato Ollanta Humala Tasso, no habló mucho de los profesores, como hablaron sobonamente Toledo y García, buscando congraciarse con la masa magisterial, y defraudaron finalmente; hoy el ya Presidente de todos los peruanos, Comandante Ollanta Humala, debe a través del Congreso, hacer que la verdadera Ley del Profesorado (la 24029), sea rescatada, valorada y reivindicada para beneficio con justo derecho a los miles y miles de profesores del país.

¿QUÉ PLANTEAN LAS BASES REGIONALES DEL SUTEP?



¡LUCHAR CONTRA LOS PROYECTOS DE LEY QUE LIQUIDAN LA ESTABILIDAD LABORAL Y UNIFICAR A TODOS LOS MAESTROS DEL PERÚ EN TORNO A LA VIGENCIA Y AMPLIACIÓN DE LOS DERECHOS DE LA LEY DEL PROFESORADO 24029!

1.-¿Qué viene haciendo el Estado en el Sector Educación?

        Todos saben, que los grupos de poder y el Estado vienen profundizando la privatización y mercantilización de la educación  en todos los niveles, lo que puede comprobarse en la  misma realidad; y para acelerar este proceso, están desfinanciando,  precarizando y abandonando la educación pública.

         Concordante con la privatización,  también vienen aplicando la flexibilización laboral en contra los maestros, pretendiendo concretar la muerte laboral (despido sin retorno) y aplicar sólo contratos abusivos y sin derechos, para facilitar la privatización de la educación pública. Por ello, teniendo nuestra Ley Matriz del Profesorado N° 24029, al propósito, han instalado otros regímenes laborales más, como la Ley 29062, la 29510 y el famoso CAS para desestabilizar la profesión docente; y hoy, tras el fracaso en sus convocatorias millonarias para incorporar en la Ley 29062,  contra atacan a través de proyectos que niegan y liquidan la estabilidad laboral de los Maestros; por ende, atentatorias contra todos los derechos conquistados, reconocidos, adquiridos, cumplidos y establecidos en la Ley del Profesorado 24029.

2.-¿Qué diferencia hay entre la Ley del Profesorado 24029 y las otras Propuestas?

         En la Ley del Profesorado 24029,  se ha establecido derechos que son fruto del sacrificio y la lucha del Magisterio Nacional, debatida  por los maestros del Perú y que hoy, incólume,  sigue agrupando a más del 90% de maestros; cuyo cumplimiento de derechos también garantiza  la gratuidad educativa para el pueblo. En esta Ley se respeta la estabilidad laboral, que no es una estabilidad “infinitium” como maliciosamente insinúan algunos individuos al servicio del sistema imperante, pues la Ley del Profesorado indica con claridad, que si el docente incumple con sus deberes y obligaciones, también  estará sometido no sólo a sanciones, sino también a inhabilitaciones terminantes.  POR TANTO,  LA LEY  24029  FORTIFICADA, DEBE SER LA NORMA  QUE UNIFIQUE, VELE Y ASEGURE  EL DESENVOLVIMIENTO NORMAL DE TODOS LOS MAESTROS EN BIEN DE LA EDUCACIÓN Y DE SU REALIZACIÓN PROFESIONAL.

        Mientras  que en las Propuestas del Gobierno y del Cen del Sutep,  toman como  base lo que ha sido digitado por el Banco Mundial (la Ley 29062), para negar la estabilidad laboral y derechos conquistados; y que a pesar de que a través de éstas se determina nuestra relación laboral con el Estado, ninguna de ellas ha sido consultada al Magisterio Nacional. Lo cierto es que, como lo tienen previsto,  con estos proyectos de ley tratan de implementar o “reformar” la reaccionaria ley  29062, para involucrar corporativamente a todos los Maestros; pero sucede que la mayoría de docentes que ingresaron con la  29062 quieren pertenecer a la 24029 para obtener la estabilidad necesaria, ya que sus contratas son sólo para 3 años.

   3.-¿La estabilidad laboral es base en el deslinde de posiciones?

       Así es, la Estabilidad Laboral  es el derecho principal y  es clave para distinguir quién está en posición correcta o incorrecta; por ello los Maestros de Lima se van dando cuenta de que en la Ley del Profesorado 24029 se determina con claridad la estabilidad laboral del docente, tanto en su plaza, nivel, cargo, lugar y centro de trabajo (Art. 13, inc. “a”), repetimos, que no implica estabilidad absoluta, pues el docente es inhabilitado por medida disciplinaria agravada,  previo a un proceso administrativo y derecho de defensa, Art. 27, incisos ”d” y “e”, o también por Cese (Art. 33 del Reglamento de la Ley. 24029). Pero en las Propuestas de Ley, se pretende eliminar la Estabilidad Laboral  (despido sin retorno) e imposición de  nuevos docentes contratados  para 3 años. Los del Cen  difunden cuadritos comparativos con aspectos secundarios, pero en éstos jamás consideran el rubro principal de la ESTABILIDAD LABORAL.
  
4.-¿ Es verdad que los docentes no aceptan las evaluaciones?

         Falso, hace tiempo planteamos evaluación de todo el Sistema Educativo; y en lo que se refiere a los maestros, .aceptamos las Evaluaciones de Ingreso, las Evaluaciones para ocupar cargos y, a partir de nuestro ingreso a la carrera, aceptamos LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO QUE CONDUCE O CONCRETE EL ASCENSO DE NIVEL Y NO EL DESPIDO; de tal manera, que si el Maestro aprueba, tendrá el mérito suficiente de ascender de nivel y mejorar su remuneración mensual. No entender esto, conlleva a no entender los objetivos neoliberales de privatización y flexibilización laboral.

5.-¿Qué anda haciendo hoy  el oportunismo del CEN del Sutep?

         El oportunismo del Cen,  tras el barato argumento de que “hay que ser propositivos y modernos”; tomando indebidamente el nombre del SUTEP y  nuestros dineros depositados en la Derrama Magisterial; tal como participaron y aplaudieron a la privatista Ley 28044 en el 2003; firmaron las Actas de “racionalización” en el 2004  con el objetivo de cerrar plazas, aulas y aún escuelas en las zonas  de menor desarrollo; colaboraron con la nefasta Ley de C.P.M. 29062 del 2004 al 2006; hoy, a espaldas de los maestros del Perú, “juega a las propuestas de Ley con el gobierno”, ¿para qué?, para destruir los derechos de la Ley del Profesorado, esencialmente liquidar la estabilidad laboral que es el derecho principal.

        Una de las trampas del Proyecto del Cen puede verse en el Art. 42° de su propuesta; en que tomando los artículos 9° y 28° de la negra Ley 29062 plantean (otra vez): Evaluaciones de Desempeño para Ascender de nivel (voluntario) y Evaluaciones del Desempeño para Permanecer en el cargo (obligatorio); separadas ambas, como si fueran dos hechos inconexos lo uno de lo otro. ¿Para qué? Precisamente, para aplicarnos la muerte laboral (retiro sin retorno), y tras estos despidos, imponer los contratos abusivos para seguir privatizando. Al respecto, nuestra posición es clara y como lo señala la Ley del Profesorado 24029: Evaluación del Desempeño para concretar el ascenso de nivel. Un solo proceso para lograr un solo fin, y no para despedir ni avalar la acción punitiva en contra de los Maestros del Perú..                                            

        En este mismo artículo 42 plantean “reconversión laboral”, para llevar a los maestros despedidos a que compitan con los administrativos en plazas inexistentes; se despojen de su título profesional y acepten el embuste patronal, “de que los docentes son los responsables de la crisis educativa”, lo que es totalmente falso, pues los principales responsables son los grupos de poder que manejan el Estado.

       EN CONCLUSIÓN,  las  Bases Regionales del SUTEP, como parte del Pliego Único, Rechazamos los  Proyectos elaborados burocráticamente  y nos Reafirmamos en Luchar por Unificar a todos los Maestros del Perú en torno a la Defensa y Ampliación de los Derechos establecidos en la Ley del Profesorado 24029.  Esta posición correcta es  necesidad central del Magisterio Nacional.  Planteamos Ampliación, porque es necesario precisar, agregar o modificar  términos y artículos de la Ley 24029, como los términos de remuneración permanente por remuneración total en determinados aspectos, reconquistar derechos perdidos desde el 90, como también incluir dentro de la Ley del Profesorado  24029 a  todos los docentes de la Ley 29062, contratados y los del CAS que tengan título profesional. Por ello al Estado, al Banco Mundial y a sus sirvientes  les decimos con claridad y firmeza, que los Maestros del Perú, hoy y siempre, saldremos a luchar en defensa de nuestros sagrados derechos conquistados, adquiridos y cumplidos. Lucha legal y principalmente lucha directa de las masas. Toda ley no es de carácter  retroactivo y, por principio, los derechos laborales reconocidos son irrenunciables (Inciso 2, Artículo 26 de la Constitución).Además de que leyes laborales posteriores al 93, son peores que las leyes anteriores.


¡Solución al Pliego de Reclamos presentado por las Bases del SUTEP!

¡VIVA LA HUELGA NACIONAL  INICIADA  DESDE EL 20 DE JUNIO POR LAS BASES REGIONALES DEL GLORIOSO SUTEP!


Lima, 17  de setiembre del 2012  



C.N.L. DE LAS BASES REGIONALES DEL SUTEP-BASE DE LIMA